Garantizar el acceso a la vivienda y la regulación de los precios del alquiler para que sea asequible es uno de los principales objetivos marcados por las ciudades españolas. Consecuentemente, la legislación para este ámbito se ha convertido en tendencia y respecto a esta materia, el Tribnal Constitucional ha publicado su Sentencia del Pleno de fecha 28 de enero de 2009 por la que se ha estimado, por unanimidad, parte el recurso de inconstitucionalidad presentado por 86 diputados del PP contra el Decreto Ley del Govern de Cataluña nº 17/2019 de medidas urgentes para mejorar el acceso a la vivienda, anulando 16 preceptos de la disposición legal.
De esta manera, el citado órgano jurídico ha declarado inconstitucional y nulos los artículos relacionados con la definición del concepto de ‘vivienda vacía’ y la ‘función social’ del alquiler y la obligación de ofrecer vivienda antes de iniciar desahucios o ejecuciones. El Tribunal Constitucional considera que mediante un Decreto Ley no pueden adoptarse medidas limitadoras del derecho de propiedad y coactivas, afectando de manera directa al derecho de propiedad consagrado en el artículo 33 de la Constitución.
Decreto Ley pro-inquilinos
Desde Tecnotramit, su director del Área Jurídica, David Viladecans Jiménez, señala que la ley había generado rechazo entre los profesionales del sector por favorecer en mayor medida a los inquilinos y abandonar a los propietarios. Según Viladecans, las medidas «imponían a los propietarios el ofrecer alternativas ocupacionales o alquileres sociales, incluso a ocupantes ilegales, al iniciar procesos de desahucio y ejecución hipotecaria. Y otras medidas preveían sanciones por no atender requerimientos de la Administración para alquilar inmuebles e incluso expropiación forzosa”.
Así pues, según Tecnotramit, esta sentencia sienta un precedente al demostrar que no se pueden aprobar medidas que afecten al derecho de propiedad y que impongan tales limitaciones mediante Decreto Ley, pues queda amparado bajo el artículo 33 de la Constitución. Por su parte, el sector inmobiliario ha recibido positivamente la noticia puesto que según los profesionales, la norma dejaba una falta de seguridad jurídica que favorecería la ocupación al endurecer las condiciones de acceso a la vivienda. Por ahora, y atendiendo a la sentencia, muchas medidas ya tomadas deberán ser anuladas y emprender nuevos caminos a través del Parlamento y Proyectos de Ley si quieren ser aprobadas.
Redactora en Por metro cuadrado