El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha desestimado los nueve recursos interpuestos contra la modificación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Madrid Nuevo Norte. De esta manera, la Justicia avala el modo de planeamiento de esta actuación urbanística, tramitada por el Ayuntamiento de Madrid y aprobada definitivamente por la Comunidad de Madrid el 25 de marzo de 2020, tras un bloqueo de casi 30 años.
Ecologistas en Acción, la Federación Regional de Asociaciones de Vecinos de Madrid (FRAVM), las empresas Muñoyerro Desarrollos Urbanos y Propiedades Chamartín S.A., junto a particulares, recurrieron la aprobación alegando que la modificación original del PGOU —del año 1997— vulneró el principio del procedimiento. Además, solicitaban la nulidad del acuerdo regional, por ser contrario al artículo 25 de la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid. Manifestaban que la modificación fue fruto de un pacto entre el Consistorio, Adif (compañía estatal que gestiona las infraestructuras del proyecto que afectan al entorno de la Estación de Chamartín) y la entidad promotora del proyecto, Crea Madrid Nuevo Norte (anteriormente denominada DCN – Distrito Castellana Norte).
Por último, los demandantes consideraban que el plan «altera el equilibrio entre edificabilidad y cantidad y calidad de las dotaciones», y que «se aprovecha urbanísticamente» de los suelos de dominio público ferroviario, al colocar sobre ellos losas de hormigón en las que se implantará la mayor parte de las zonas verdes del desarrollo.
Resolución del TSJM
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJM ha comunicado, en primer lugar, que la modificación del PGOU «siguió el procedimiento adecuado», al tratarse de una «mera modificación del planeamiento vigente y no de una revisión del PGOU de 1997». Los magistrados han resuelto también que «en la actuación de regeneración urbana que lleva a cabo la medida adoptada, se mantienen los objetivos de regeneración y rehabilitación urbana, de cosido urbano para cerrar la cicatriz generada por las infraestructuras en el tejido de la ciudad y, en definitiva, de integración de las infraestructuras ferroviarias en esta, respecto de lo contemplado en el PGOUM de 1997, incluida la modificación del año 2002″.
La actual modificación no altera la clasificación del suelo, según el TSJM, y no conlleva un incremento significativo de la edificabilidad para actividades económicas. Y la construcción de la nueva estación intermodal no supone un cambio en el modelo urbano de la ciudad, al estar ya contemplada en el PGOUM de 1997. La resolución también indica que no se puede «deducir la existencia de desviación de poder o de actuación arbitraria en la aprobación de la modificación, porque basta con acudir a los antecedentes de planeamiento para advertir las razones de la necesaria y obligada colaboración de las administraciones en la ejecución y desarrollo del nuevo ámbito urbanístico, que no queda desdibujado por la integración de la empresa privada en la ejecución definitiva del mismo».
Respecto a las alegaciones relacionadas con el aprovechamiento de los suelos de dominio público y a la colocación de la losa de hormigón, la Sala ha dictado que «el nuevo suelo que genera el cubrimiento del sistema ferroviario resulta inscribible, de conformidad con el Real Decreto 1.1 1093/1997, sobre la inscripción en el Registro de la Propiedad de Actos de Naturaleza Urbanística».
La resolución concluye despejando todas las alegaciones, «al no incurrirse en infracción ni en desviación de poder, encontrándose legal y urbanísticamente justificado el tratamiento que en la ordenación se atribuye a la llamada ‘losa’ de los suelos ferroviarios».
La Comunidad de Madrid lo celebra
La consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid, Paloma Martín, celebra la resolución, recordando el «impulso» que esta actuación —cuyas obras de infraestructuras arrancaron el pasado mes de noviembre— supondrá para la región. La consejera ha explicado que se trata de «actuaciones a la vanguardia del urbanismo sostenible que servirán para mejorar la calidad de vida de miles de personas y atraerán un gran número de inversiones«. Además, ha señalado el proyecto como referente en el sur de Europa, especialmente en materia de sostenibilidad y regeneración. Pero también recuerda que Madrid Nuevo Norte «asentará su fortaleza económica«, aportando al PIB madrileño 12.000 millones de euros y generando cerca de 350.000 empleos, según un estudio del Instituto de Predicción Económica L.R. Klein.
Solidez jurídica del planeamiento
La desestimación por parte del TSJ de Madrid de los nueve recursos interpuestos contra el plan urbanístico de Madrid Nuevo Norte ratifica la solidez jurídica del planeamiento, redactado y tramitado por el Ayuntamiento de Madrid y aprobado definitivamente por el gobierno regional de la Comunidad de Madrid y que cuenta con la participación del Gobierno de España, a través del Adif.
Desde Crea Madrid Nuevo Norte, señalan que las resoluciones judiciales despejan la viabilidad legal de un proyecto estratégico para el país, que cuenta con el más amplio consenso institucional y social y que se ha convertido en un referente internacional de regeneración urbana sostenible mediante la colaboración público-privada.
En palabras de Álvaro Aresti, presidente de CreaMNN: “Se trata de la mejor noticia posible, por cuanto supone la ratificación de un proyecto transcendental para Madrid, que los ciudadanos llevan esperando desde hace 30 años”. Y añade: “Nuestra voluntad y nuestro compromiso son los de seguir impulsando la ejecución de esta actuación, que responde a la voluntad de esta ciudad y que va a contribuir a que Madrid refuerce su posición como una de las urbes más innovadoras, sostenibles y prósperas del continente”.
Una vez confirmada la legalidad y validez del planeamiento y con todos los instrumentos de gestión ya puestos en marcha, la intención de las partes responsables del proyecto es poder arrancar las obras de urbanización a lo largo del año 2024 en el ámbito de Las Tablas Oeste.

Para ello, a lo largo de 2023 está previsto presentar las iniciativas de tres de los ámbitos urbanísticos (APE 08.21 Las Tablas Oeste, APE 05.31 Centro de Negocios Chamartín y APE 08.20 Malmea-San Roque-Tres Olivos), incluyendo los proyectos básicos de urbanización, así como los de infraestructuras comunes y compartidas, y las bases y estatutos de las futuras junta de compensación.
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