Las pólizas de Impago de Alquiler son herramientas que aseguran el cobro de las rentas, así como otra serie de incidencias que se han convertido en imprescindibles para cerrar un contrato de arrendamiento. Cada vez hay más opciones en el mercado y se multiplican las promociones y publicidad sobre estos productos.
Para mejorar el conocimiento de estos seguros ya habituales en nuestra actividad, desde Arrenta realizamos un trabajo informativo constante para que los usuarios sepan elegir adecuadamente las mejores pólizas y las coberturas correctas en función de sus necesidades. Antes de centrarnos en las pólizas y sus coberturas conviene incidir en el peligro de los productos que garantizan el alquiler, pero que en realidad no son seguros. Desde Arrenta los denominamos falsos seguros. El año pasado estos productos engañosos ya afectaron a 50.000 propietarios que tuvieron algún tipo de problemas para cobrar unas rentas que en teoría suponían garantizadas.
Comprueba que estás contratando realmente un Seguro
Sólo deben contratarse pólizas respaldadas por las compañías de seguros habituales. Aunque lo mejor es acudir a un corredor especializado que trabaja con varias aseguradoras y nos aconsejará la mejor en función de nuestras necesidades. Además de ahorrarnos tiempo en la búsqueda, los corredores gestionarán toda la contratación y tramitarán los siniestros en caso de haberlos.
Sea como fuere, y como norma general, el primer paso antes de contratar el seguro de impago del alquiler es comprobar que la entidad que comercializa la póliza está inscrita en el Registro de entidades aseguradoras de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP). Esto determina que están sometidas a Solvencia II, lo que quiere decir que cumplen los requisitos y pueden acreditar tener fondos suficientes tanto para operar como para poder hacer frente a las indemnizaciones de sus clientes.
Otra forma de detectar productos de garantía de alquiler engañosos es estar atentos a las campañas de publicidad llamativas o muy insistentes que pueden conducir a equívoco. También conviene analizar muy bien las opciones de gestión global del alquiler que pagan siempre al propietario el mismo día del mes. Algunos casos tienen que ver con la venta piramidal y las incidencias se pagan con las nuevas ventas. El problema es cuando la empresa se queda sin fondos, algo impensable en una aseguradora. Hay que sospechar también de los precios agresivos y de los productos que solicitan pocas exigencias para los inquilinos o de aquellos que afirman no tener morosidad.
Duración de la cobertura
Una vez que tenemos la certeza de que hemos optado por un verdadero Seguro de Impago de Alquiler debemos elegir la duración de la cobertura: desde 9, a 12 o 18 meses. La opción más común es de 12 meses, pues es el tiempo suficiente para estar protegido tanto de posibles retrasos como de desahucio, en caso de que no se llegue a una solución. Sea como fuere, un factor clave es conocer el tiempo medio en que se ejecuta un desahucio en la zona donde queramos alquilar. En Barcelona, por ejemplo, la media para desahuciar es de 7 meses y lo lógico sería contratar la póliza durante 9 meses, mientras que en Madrid asciende a 13 meses por lo que deberíamos optar por la de 18.
La nueva opción sin franquicia de ARRENTA
Otro aspecto importante es el tema de la franquicia, concepto muy popular en el mercado asegurador por el que el primer mes no es cubierto por la compañía aseguradora. ARRENTA ofrece por primera vez en el mercado la posibilidad de suprimir la franquicia en su opción denominada PLUS, por lo que el asegurado recibe el pago desde el primer mes de contrato en caso de impago.
Respecto a las coberturas de la póliza, debemos de elegirlas en función de nuestras necesidades. Hay que saber que tenemos la opción de protegernos de actos vandálicos al continente, el inmueble y el contenido, es decir mobiliario, ropa, joyas, vajilla, productos electrónicos o electrodomésticos… Podemos cubrir también el impago de suministros de la vivienda, la limpieza del inmueble, cambio de cerradura cuando hay cambio de inquilino, asesoramiento jurídico telefónico y la defensa jurídica en caso de litigio.
Una herramienta que nos ayudará a la hora de escoger el mejor Seguro de Impago es el comparador o calculadora que nos facilita el precio de la póliza con las principales aseguradoras del mercado. Arrenta fue pionera, de hecho, en introducir su propia calculadora en su web hace tres años para hacer la comparativa entre las diferentes compañías. Tan solo es necesario introducir la renta mensual del posible inquilino sin necesidad de ningún dejar ningún dato personal. Todo un desarrollo que los profesionales inmobiliarios pueden personalizar en sus propias plataformas.
Ojo a la carencia
Para los contratos de alquiler cortos hay que prestar mucha atención al periodo de carencia en el que la compañía aseguradora no se hace cargo de los gastos de un siniestro. El período de carencia se empieza a contabilizar desde el momento en que se firma el contrato del seguro y el tiempo que dura debe de venir reflejado en dicho documento, por lo que hay que prestar especial atención. Los seguros ofrecidos por Arrenta no tienen carencias en la cobertura de pagos de rentas.
Impuestos e inventario
Por último, hay que recordar que si dispone de una póliza de impago de alquiler no hay que esperar a que exista una resolución judicial a favor para que la compañía proceda al pago de las rentas. El asegurado cobrará mes a mes desde que se produzcan los impagos.
- El propietario debe tener la siguiente documentación en regla:
- Escrituras de la vivienda
- Contrato de alquiler de vivienda firmado correctamente
- Depósito de la fianza
- Obligaciones fiscales al día (impuestos)
Puede ayudar en toda la tramitación del siniestro con la correduría especializada o con la aseguradora el inventario que solemos incluir en los contratos de alquiler. Dicho inventario será muy útil a la compañía de seguros en caso de que el inquilino ocasionara daños intencionados en la vivienda, pues serviría de prueba en el proceso judicial y sería más rápido.
Directora General de ARRENTA