La ministra de Vivienda y Agenda Urbana, Isabel Rodríguez, y el ministro de Economía, Comercio y Empresa, Carlos Cuerpo, encabezaron la ceremonia de formalización del acuerdo que rige la administración de la Línea de Avales destinada a la compra de primeras viviendas por parte de jóvenes y familias con menores a su cargo, que cuenta con una dotación de 2.500 millones de euros.
El pacto fue rubricado por el secretario de Estado de Vivienda y Agenda Urbana, David Lucas, y el presidente del Instituto de Crédito Oficial, José Carlos García de Quevedo. Esta firma marca un hito crucial para la implementación de los avales, ya que autoriza al ICO a suscribir contratos con las entidades financieras interesadas en unirse a esta iniciativa. De esta manera, se completa el proceso de diseño y activación de la Línea, permitiendo que las entidades financieras puedan iniciar sus operaciones a partir del próximo mes de mayo.
El listado de entidades que se vayan incorporando a esta medida estará disponible para su consulta en la página web del ICO, www.ico.es
La línea de avales será accesible en todas las regiones gracias a la capilaridad del sector financiero, y está dirigida a personas con solvencia financiera que aún no han generado ahorro suficiente para poder adquirir su primera vivienda.
El aval que concede el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana (MIVAU) podrá igualar el valor de tasación o el precio de adquisición de la vivienda, siempre que se cumplan las condiciones de la Línea. En este sentido, el aval podrá cubrir hasta el 20% del préstamo, llegando hasta el 25% en aquellos casos en los que la vivienda adquirida disponga de una calificación eneregética D o superior.
El aval del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana será gratuito tanto para los adquirientes de la vivienda como para la entidad financiera, facilitando de esta forma el despliegue de la línea. Las entidades financieras serán las encargadas del estudio y análisis de las operaciones. Los préstamos se formalizarán entre el cliente y su entidad financiera.
El plazo para formalizar los préstamos que se acojan a esta línea de avales finalizará el 31 de diciembre de 2025, estableciéndose la posibilidad en el convenio de poder ampliar el plazo hasta 2027.
Condiciones de la línea de avales
La línea de avales está dirigida a personas físicas y mayores de edad con residencia legal en España, debiendo acreditarla de manera continua e ininterrumpida durante los dos años anteriores a la solicitud del préstamo. Asimismo, aquellos jóvenes que lo soliciten, no podrán tener más de 35 años en la fecha de formalización del préstamo hipotecario, salvo en el caso de familias con menores a cargo, en cuyo caso no aplica el límite de edad.
Por otra parte, los ingresos no deberán superar los 37.800 euros brutos al año (4,5 veces el IPREM). En el caso de que la vivienda sea adquirida por dos personas, los ingresos de los dos adquirientes no podrán superar en su conjunto, la suma del límite establecido para cada uno. Además, la medida incluye factores de mejora, de modo que el límite establecido en función del IPREM se incrementará 0,3 veces (2.520 euros brutos anuales) por cada menor a cargo, asimismo, en el caso de familia monoparental, el importe se podrá incrementar un 70% adicional.
En todo caso, el límite de patrimonio del avalado será máximo de 100.000 euros.
No podrán acogerse a esta linea de avales quienes ya sean propietarios de otra vivienda con anterioridad, independientemente de la adquisición de esta. No obstante, con excepción a lo anterior, si podrán acogerse cuando el derecho de propiedad recaiga sobre una parte alícuota de la vivienda y esta se haya obtenido por herencia o transmisión mortis causa sin testamento. También podrán acogerse, aquellas personas que siendo titulares de una vivienda, acrediten su no disponibilidad por causa de separación o divorcio o cualquier otra causa ajena a su voluntad, o cuando la vivienda resulte inaccesible por razón de discapacidad de su titular o de las personas que formen su unidad de convivencia.
Por último, el aval se podrá mantener dentro de los límites establecidos en el convenio siempre que se trate de la vivienda habitual del beneficiario, con la excepción de las circunstancias mencionadas anteriormente, y tendrá una vigencia de 10 años desde que se formalice la operación.
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