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La comisión de Urbanismo de Málaga modifica la ordenanza Reguladora de la Tramitación de Licencias Urbanísticas

Agilizar los trámites urbanísticos para la concesión de licencias y la reducción de trámites son sus principales objetivos

17 de marzo de 2025
en Andalucía, Desarrollo Urbano
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La comisión de Urbanismo, Movilidad y Seguridad  modificará la ordenanza Reguladora de la Tramitación de Licencias Urbanísticas (ORTLU) del Ayuntamiento de Málaga, en vigor desde junio de 2019.

La modificación de esta ordenanza, de ahora en adelante Ordenanza Municipal de Licencias Urbanísticas (OMLU), se enmarca en el compromiso del equipo de Gobierno para agilizar los trámites urbanísticos para la concesión de licencias y la reducción de trámites de la ciudadanía con el Consistorio para la ejecución de obras de menor entidad. 

La Comisión aprobará de forma inicial este texto normativo que modificará la mencionada ordenanza. El siguiente trámite será la aprobación por parte del Pleno del Ayuntamiento. Una vez aprobado de forma inicial, el texto se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) y se someterá al trámite de información pública antes de ser aprobado de forma definitiva de nuevo por la Comisión de Urbanismo y el Pleno.

Principales características de la OMLU

Uno de los principales objetivos que se persiguen con la modificación de la norma en vigor es el de actualizar y definir de la manera más clara y precisa posible qué actuaciones urbanísticas están sujetas a licencia, cuáles pueden realizarse con la presentación de una declaración responsable o comunicación y confirmar cuáles son los actos no sujetos a ninguno de estos controles municipales.

Todo ello, en función de la clase de suelo (urbano, sometido a actuación de transformación urbanística o rústico) y del régimen jurídico de la edificación afectada por las obras o actuación.

Igualmente, el texto modificado prevé la enumeración de los documentos, informes y autorizaciones necesarias que deben acompañar a la solicitud de la licencia urbanística o al formulario normalizado de declaración responsable o comunicación, en función del tipo de actuación que se pretenda realizar.

Otra de las modificaciones sustanciales es que se facilita el procedimiento desde la concesión hasta la expedición; de esta forma se sustituye el documento expeditivo de la licencia por una comunicación.

Por otro lado, se amplían los actos sujetos a comunicación previa para ciertos tramites incluyendo las transmisión y cambios de titularidad, prorrogas, desistimiento, etc., facilitando a la ciudadanía dichos tramites.

También se han actualizado y ampliado los actos no sujetos ni a licencia, ni a declaración responsable o comunicación y se han incorporado en este supuesto los acondicionamientos de espacios libres (ajardinamiento, pavimentación, solares de patios, aceras perimetrales a la edificación —siempre que no afecten jardines protegidos—, y las obras de mantenimiento y conservación de pistas deportivas o piscinas. Tampoco estarán sujetos a ningún trámite previo la limpieza, pintura y acabados de fachada (salvo en los edificios con protección) o la instalación de acristalamientos verticales sin perfilería –siempre que no impliquen aumento de ocupación o volumen– .

Asimismo, regula cómo deben tramitarse aquellas modificaciones que sea necesario realizar durante la ejecución de una obra con título habilitante, de manera que quede claro si esta modificación exige tramitar una licencia urbanística o puede estar simplemente sujeta a la presentación de una declaración responsable, siempre que estos cambios se pueden realizar mediante esa fórmula.

Uno de los aspectos más importantes de la actualización de la actual ordenanza de expedición de licencias es que ésta introduce la posibilidad de tramitar las licencias urbanísticas y para la presentación y fase de comprobación de las declaraciones responsables o comunicación a través de una entidad colaboradora (colegio profesional o Entidad Urbanística Certificadora EUCA) con el objetivo de agilizar los trámites administrativos. 

Por último, potencia el uso del avance tecnológico para facilitar la expedición de licencias por un lado, a través de modelos digitales basados en metodología BIM (modelos 3D con datos asociados), y por otro, abre la posibilidad de poder hacer uso de la Inteligencia Artificial en la concesión de licencias urbanísticas y para la comprobación de las declaraciones responsables, lo cual permitiría utilizar sistemas inteligentes capaces de analizar grandes volúmenes de datos, interpretar normativas y realizar evaluaciones con rapidez y precisión.

Redacción
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