El Ayuntamiento de Málaga ha publicado en el Portal de Participación Ciudadana el borrador del texto normativo que modificará la ordenanza Reguladora de la Tramitación de Licencias Urbanísticas (ORTLU), en vigor desde 2019. Así lo transmitió en el día de ayer la concejala delegada del Área de Urbanismo del Ayuntamiento de Málaga, Carmen Casero.
El Consistorio inició el trámite de actualización de la actual norma el pasado mes de febrero, en el marco del Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, por el que se adoptan medidas de simplificación y racionalización administrativa para la mejora de las relaciones de los ciudadanos con la Administración de la Junta de Andalucía y el impulso de la actividad económica en Andalucía.
Asimismo, se incluye el marco legal incorporado tras la aprobación de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía (LISTA) y del Decreto 550/2022, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía (RGLISTA).
Principales aspectos de la modificación
Entre los principales objetivos de la modificación de la norma en trámite, se encuentra actualizar y definir de manera más clara y precisa qué actuaciones urbanísticas están sujetas a licencia, y cuáles pueden realizarse mediante declaración responsable, en función de la clase de suelo y el régimen jurídico de la edificación.
Por otra parte, el nuevo texto prevé la enumeración de los documentos, informes y autorizaciones necesarias que deben acompañar la solicitud de la licencia urbanística o formulario según el tipo de actuación.
Además, se sustituye el documento expeditivo de la licencia por una comunicación, de forma que, aquellas licencias cuya eficacia quedó condicionada a determinadas condiciones, si su cumplimiento depende exclusivamente del interesado, se podrá iniciar la obra o actuación urbanística, sin esperar a la emisión de un documento administrativo que confirme la eficacia del acto (expedición). Para lo que el interesado deberá presentar una comunicación acompañada de la documentación que acredita el cumplimiento de todas las condiciones de la licencia.
Igualmente, regula cómo deberán tramitarse aquellas modificaciones que sea necesario realizar durante la ejecución de una obra con título habilitante, aclarando si es necesaria licencia urbanística o declaración responsable.
Facilita la regularización de edificaciones antiguas que quedan asimiladas en su régimen a licencia urbanística (SALU) siempre que estén terminadas y con sus actuales características y destino con anterioridad a agosto de 1986 (si se sitúan en suelo urbano) o del año 1975 si son en suelo rústico, sin que ello suponga la legalización de obras posteriores realizadas sin título habilitante.
Y finalmente, promueve el uso de las mejoras tecnológicas para facilitar la expedición de licencias, a través de metodología BIM, y abre la posibilidad al uso de la Inteligencia Artificial en concesión de licencias urbanísticas y para la comprobación de las declaraciones responsables.
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